Padrón de proveedores y contratistas que incluya dirección, teléfono y giro comercial.
Artículo 95 ° Fracción XXXIV Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa
Descripción: En cumplimiento a la presente fracción, los sujetos obligados deberán publicar un padrón con información relativa a las personas físicas y morales con las que celebren contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y/o servicios relacionados con las mismas, que deberá actualizarse por lo menos cada tres meses.